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Voy a montar un negocio ¿Constituyo una sociedad limitada, una comunidad de bienes o me hago autónomo?

Voy a montar un negocio ¿Constituyo una sociedad limitada, una comunidad de bienes o me hago autónomo?

Una de las primeras decisiones que tienen que tomar las personas a la hora de emprender un negocio es la  forma jurídica para el mismo. A continuación os dejamos algunas claves a tener en cuenta.

Autónomo, sociedad limitada (SL) o comunidad de bienes (CB), pues hay que ver cada caso en particular, todas las circunstancias y elegir la más adecuada.

Con carácter general las diferencias más significativas son las siguientes:

Al principio de un negocio no se suele tener mucho dinero y por lo tanto las inversiones son complicadas, para montar una SL es necesario un capital mínimo de 3.000€, mientras que darse de alta como autónomo o hacer una CB no requiere de esta inversión y en todos los  casos la cuota a la Seguridad Social puede ser la misma.

Si vamos a tener socios una SL parece la figura más adecuada, sobre todo si hay perspectivas de crecimiento y de desarrollar una estructura con empleados a corto plazo,  aunque el proceso burocrático es un poco más complicado y con más gastos, pero siempre se puede hacer a través de una gestoría.

La segunda opción en el caso de socios por su menor coste es una CB. La  figura  de una comunidad de bienes que es lo más parecido  a una sociedad limitada, donde los socios se llaman comuneros, tiene la ventaja de que no es necesario el capital de la sociedad limitada, pudiendo constituirse con cualquier importe e incluso con bienes materiales que aportan cada uno de los comuneros.

Pero si se empieza como empresario individual es generalmente usual y parece lo más razonable, darse de alta como autónomo. Esta figura, como cualquiera da las anteriores, permite la contratación de personal y, en el medio plazo, cuando sea necesario, es posible plantearse la constitución de una sociedad.

La principal ventaja de la SL es que, las deudas se liquidan con el patrimonio de la empresa, sin que se vea comprometido el patrimonio de los socios. En el caso de las CB y los autónomos, el patrimonio personal es el garante de las deudas.

Desde el punto de vista fiscal lado las SL y las CB  tienen un control más estricto por parte de Hacienda y algunas presentaciones de declaraciones más que los autónomos, la contabilidad es un poco más compleja y tienen que presentar impuesto de sociedades (SL), pero por otro lado la principal ventaja fiscal de las SL y de las CB es la desgravación del 100% de los gastos, frente al 50% de desgravación de los autónomos.

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